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- ¡SE NECESITAN INGENIEROS!
El American Jobs Plan representa la mayor inversión jamás realizada para reformar la infraestructura de los Estados Unidos. Generará miles de puestos de trabajo y ofrecerá muchas oportunidades de ingreso al mercado laboral estadounidense para profesionales calificados, como ingenieros y arquitectos. Todo el mundo sabe que Estados Unidos es el país más rico del mundo. Lo que puede sorprender a mucha gente es que, incluso con la economía más poderosa del planeta, Estados Unidos se encuentra en la decimotercera posición en relación con la calidad general de la infraestructura. Después de décadas sin inversiones, las carreteras, los puentes y los sistemas de agua se están deteriorando. Las redes eléctricas son vulnerables a interrupciones catastróficas. Muchas personas no tienen acceso a Internet de alta velocidad asequible ni a viviendas de calidad. Todos estos factores, sumados al aumento del desempleo provocado por la pandemia de coronavirus, pusieron aún más de manifiesto la fragilidad de la infraestructura de Estados Unidos. “Nuestro país está a la zaga de sus mayores competidores en investigación y desarrollo, manufactura y capacitación. Nunca ha sido más importante para nosotros invertir en el fortalecimiento de nuestra infraestructura, de nuestra competitividad y en la creación de empleos sindicalizados y bien remunerados para el futuro. El American Jobs Plan invertirá de tal manera en Estados Unidos como no sucedía desde la construcción de las carreteras interestatales y la victoria en la Carrera Espacial”, reveló la Casa Blanca. El American Jobs Plan es un proyecto de ley propuesto por el presidente Joe Biden y representa una inversión de USD 2,3 billones, y tiene como objetivo crear millones de puestos de trabajo, reconstruir la infraestructura del país y permitir que Estados Unidos supere la competencia con China. Específicamente, el plan del presidente Biden apunta a: • Renovar carreteras, reconstruir de puentes, restaurar puertos, aeropuertos y el sistema de tránsito. • Ampliar el suministro de agua potable, renovar las redes eléctricas y llevar Internet de alta velocidad a todos los estadounidenses. • Construir, preservar y renovar más de dos millones de hogares y edificios comerciales, modernizar las escuelas y guarderías del país, y restaurar hospitales para veteranos y edificios federales. • Fortalecer la infraestructura del sistema de salud, creando empleos y aumentando los salarios y beneficios para los trabajadores esenciales de atención domiciliaria. • Revitalizar la manufactura, asegurando que los productos se fabriquen en los Estados Unidos a través de la inversión en innovación. • Crear empleos de calidad en entornos laborales seguros y saludables que paguen salarios justos y garanticen que los trabajadores tengan la opción libre y justa de organizarse, afiliarse a un sindicato y negociar colectivamente con sus empleadores. El American Jobs Plan representa la mayor inversión jamás realizada para reformar la infraestructura de los Estados Unidos. Generará miles de puestos de trabajo y ofrecerá muchas oportunidades de ingreso al mercado laboral estadounidense para profesionales calificados, como ingenieros y arquitectos. A través de la visa EB-2 NIW, los profesionales que estén interesados en migrar a Estados Unidos, que tengan una licenciatura en cualquier área relacionada con la Ingeniería y que cuenten con más de 5 años de experiencia o tengan un posgrado o una maestría, pueden solicitar un Green Card sin necesidad de grandes inversiones ni de patrocinador, es decir, sin necesidad de oferta de trabajo por parte de un empleador estadounidense. La premisa que motiva al gobierno a no exigir una oferta de trabajo es el entendimiento de que el profesional desempeñará una función relevante y de interés nacional, ya sea por el ejercicio de una actividad innovadora, por ser un profesional bien calificado o porque hay pocos profesionales en esa área laboral en una determinada región del país. Una vez que se aprueba la visa EB-2 NIW, el solicitante, cónyuge e hijos menores de 21 años podrán solicitar la residencia permanente en los Estados Unidos, es decir, la tan soñada Green Card. Quién puede aplicar? Además de los ingenieros, los profesionales calificados que pueden demostrar experiencia en áreas relacionadas con la infraestructura también son buenos candidatos para esta categoría de visa. Las profesiones del grupo llamado STEM, que es la abreviatura en inglés de ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas, son las más adecuadas para la categoría de visa EB-2 NIW. Los profesionales de la tecnología, los negocios, las artes y el deporte también son excelentes candidatos. ¿Como funciona? Para que un solicitante de visa EB-2 NIW tenga éxito y patrocine su propia Green Card, deberá demostrarle al Departamento de Inmigración que Estados Unidos se beneficiará de alguna manera con su llegada al país. Hay muchas formas diferentes de promover beneficios para el país y todas ellas pueden considerarse útiles para su aprobación en esta categoría de visa. Por ejemplo, el caso de un profesional que quiere traer su empresa a EE. UU. para contribuir de alguna manera a la economía, la cultura o la salud estadounidenses. Otro ejemplo sería el de los profesionales cualificados que pretenden montar una empresa en el país. Durante el proceso de solicitud de visa, pueden presentar el plan de negocios relacionado con su área profesional, demostrando en esta etapa los beneficios que generará la nueva empresa. Visa EB-2 NIW y Green Card con G.E.B. Global Muchos profesionales que desean vivir y trabajar en los Estados Unidos creen que es difícil obtener la aprobación para una visa basada en trabajo. Sin embargo, si usted tiene la combinación correcta de experiencia y antecedentes académicos, lo único que le falta para tener aún más posibilidades de éxito es la representación efectiva de su caso por parte de un abogado de inmigración especializado en visas basadas en el empleo. Con una amplia experiencia en derecho corporativo y de inmigración, el Dr. Gregory Boan fundó G.E.B. GLOBAL para satisfacer la demanda de candidatos de toda América Latina interesados en inmigrar a los Estados Unidos a través de visas basadas en el empleo. G.E.B. GLOBAL es un bufete de abogados y proporciona una guía clara y eficaz de la ley, junto con las herramientas y tácticas necesarias para planificar, preparar y ejecutar con éxito todas las etapas del proceso de inmigración. Ya sea por la hospitalidad de un equipo diverso y el servicio en inglés, portugués y español, o por proporcionar métodos de pago en cuotas mensuales, G.E.B. GLOBAL ya se ha convertido en el bufete de abogados favorito de los latinoamericanos que buscan un abogado de inmigración en Estados Unidos. El equipo de G.E.B. GLOBAL ha estado trabajando para innovar en la forma de comunicarse con los posibles candidatos. En el video a continuación, el Dr. Gregory Boan brinda valiosos consejos a los solicitantes de visa EB-2 NIW y Green Card. Si usted es un profesional calificado y con experiencia y tiene el deseo de vivir y trabajar en los Estados Unidos, envíe su currículum a info@gebglobal.org o contáctenos usando el formulario a continuación y reciba un análisis preliminar gratuito sobre su elegibilidad. Sigue a G.E.B. GLOBAL en las redes sociales para más información. Instagram | Facebook | YouTube | Linkedin | Twitter G.E.B. GLOBAL, P.A. 1395 Brickell Avenue, Ste. 800 Miami, Florida 33131 info@gebglobal.org Oficina: +1 (305) 967-6314 WhatsApp: +1 (786) 786-1230 © All Rights Reserved
- Marcando su Consulta con G.E.B. GLOBAL
Sabemos que la complejidad de un proceso migratorio puede llegar a desanimar a candidatos con gran potencial. Por lo tanto, siempre es útil tener más información, por eso lo invitamos a programar una consulta, en dónde aclararemos las dudas que la mayoría de los candidatos suelen tener, presentaremos detalles sobre un plan de acción que tenga en cuenta los hechos de su caso tanto a nivel profesional como personal, los documentos que necesitará, los honorarios y métodos de pago, así como los tiempos necesarios para la preparación, ejecución y conclusión de su caso, entre otros temas. Puede elegir entre consultas de 30 minutos (USD $150.00) o de 1 hora (USD $250.00). El monto cobrado por la consulta puede ser deducido del del monto total de los honorarios para su caso si nos contrata dentro de los 30 días a partir de la fecha de su consulta. El pago debe realizarse con una tarjeta de crédito o débito autorizada para realizar transacciones en los Estados Unidos. La consulta se programará una vez que nuestra oficina confirme la recepción del pago. El abogado Gregory Boan puede realizar la consulta en español o inglés, con el idioma de su preferencia, ya que habla español con fluidez. Cuando esté listo para iniciar el proceso, nuestra oficina le enviará el contrato y un formulario de autorización de pago para completar y firmar electrónicamente. El contrato será válido durante 7 días a partir del momento en que se envíe para darle tiempo a revisar su contrato y enviarnos cualquier pregunta que pueda tener al respecto. Tenga en cuenta que no existe una relación abogado-cliente con esta oficina a menos que se haya firmado un contrato. La consulta es confidencial y brinda la oportunidad de discutir los hechos de su caso, pero no crea una relación abogado-cliente. Cualesquiera que sean los costos, tarifas o plazos discutidos durante la consulta, no son definitivos a menos que estén escritos y acordados en un contrato firmado por ambas partes. El abogado puede aconsejarle durante la consulta si cree que su caso es viable, y de ser así, le proporcionará información adicional durante la consulta sobre cómo proceder para contratar nuestros servicios, pero esto no significa que hayamos aceptado tomar su caso. ni garantiza que nuestra oficina lo represente. Esta oficina se reserva el derecho de modificar sus precios, plazos y costos según lo considere apropiado o necesario, a menos que usted y esta oficina acuerden lo contrario por escrito en un contrato. G.E.B. GLOBAL, P.A. 1395 Brickell Avenue, Ste. 800 Miami, Florida 33131 info@gebglobal.org Oficina: +1 (305) 967-6314 WhatsApp: +1 (786) 786-1230 © All Rights Reserved
- Conozca a Guilherme Feldmann - Immigration Consultant en G.E.B. GLOBAL
El abogado Guilherme Feldmann (OAB/SP 254767) se incorpora al equipo de G.E.B. Global para ayudar a los clientes brasileños que buscan una solución de inmigración a los EE. UU. Socio fundador de Feldmann Advocacia, Guilherme Feldmann cuenta con más de 15 años de experiencia, especialmente en las áreas de Derecho Laboral, de Familia e Inmobiliario. El abogado Guilherme Feldmann y su equipo de FELDMANN ADVOCACIA en sociedad con el abogado de inmigración Gregory E. Boan y el equipo de G.E.B. GLOBAL se han unido para facilitar su acceso a las visas de inmigración basadas en el empleo. Con esta alianza, usted puede contar con el prestigio y la calidad de los servicios que brinda FELDMANN ADVOCACIA y la experiencia en visas de inmigración basadas en empleo, inversión y lazos familiares de G.E.B. GLOBAL. Guilherme Feldmann (OAB/SP 254767) se graduó en Derecho en la Universidad Presbiteriana Mackenzie, en 2005. Socio fundador de Feldmann Advocacia, se desempeña desde hace más de 15 años, especialmente en las áreas de Derecho Laboral, de Familia e Inmobiliario. Tiene amplia experiencia en estas áreas, orientando tanto a particulares como a empresas de forma personalizada. Su formación académica y experiencia práctica están enfocadas en temas relacionados con demandas laborales, divorcios, sucesiones, terminación de contratos inmobiliarios, entre otros. Certificado por la Fundación Getúlio Vargas (FGV) como egresado aprobado del Curso de Actualización y Estudios en Derecho Inmobiliario – finalizado en 2021. Póngase en contacto con Feldmann Advocacia. +55 (11) 3254-7384 +55 (11) 96670-2832 Av. Paulista, 326, conj. 100 – São Paulo – SP, CEP: 01310-100 Alameda dos Jurupis, 896 – São Paulo – SP, CEP: 04088-003 Representación en Portugal – Rua Brito Capelo, n. 807, 4450-068 Matosinhos, Distrito de Oporto – Portugal G.E.B. GLOBAL, P.A. 1395 Brickell Avenue, Ste. 800 Miami, Florida 33131 info@gebglobal.org Oficina: +1 (305) 967-6314 WhatsApp: +1 (786) 786-1230 © All Rights Reserved
- Conozca a Enrique Musi, Paralegal de G.E.B. GLOBAL
Enrique Musi es un nativo de la Ciudad de México que se mudó a los Estados Unidos a los 17 años. Enrique habla español, ingles y francés con fluidez y fue un cliente de G.E.B Global en el pasado. El Sr. Musi tiene una Licenciatura en Negocios Internacionales de la Universidad Internacional de la Florida, un certificado en Hotelería de la Universidad de Nueva York (NYU), y completó un programa de intercambio en Francia. Con más de 6 años de experiencia en Mercadotecnia y Ventas, el Sr. Musi es un apasionado de los procesos de inmigración y de apoyar a otras personas a alcanzar el sueño americano. Antes de incorporarse al equipo de G.E.B. Global, el Sr. Musi trabajó para varias empresas en los sectores de Turismo y Relojería en el sur de la Florida enfocándose en los mercados de América Latina y el Caribe. El Sr. Musi es un trotamundos y ha visitado más de 37 países y 35 estados en los Estados Unidos. Como parte del equipo de G.E.B Global, el Señor Musi disfruta visitar países de América Latina y conectar con clientes potenciales que están en busca de un Despacho de Abogados de Inmigración para poder mudarse a los Estados Unidos. Para obtener más información sobre las oportunidades de Visas y Green Cards, comuníquese con el Sr. Musi por correo electrónico: enrique@gebglobal.org. G.E.B. GLOBAL, P.A. 1395 Brickell Avenue, Ste. 800 Miami, Florida 33131 info@gebglobal.org Oficina: +1 (305) 967-6314 WhatsApp: +1 (786) 786-1230 © All Rights Reserved
- 11 MILLONES DE PERSONAS PRONTO PODRÁN OBTENER LA CIUDADANÍA ESTADOUNIDENSE.
Buscando revertir las rígidas políticas de inmigración del presidente Trump, el presidente Biden propone un proceso de naturalización de 8 años. Una de las primeras acciones del presidente electo Biden fue enviar un proyecto de ley conocido como U.S. Citizenship Act of 2021 al Congreso para restaurar la humanidad y los valores estadounidenses en el sistema de inmigración. Además de revertir las rígidas políticas de inmigración del presidente Trump, la legislación moderniza el sistema de inmigración y prioriza mantener unidas a las familias, estimular la economía, administrar responsablemente la frontera con inversiones inteligentes, abordar las causas fundamentales de la migración centroamericana y garantizar que Estados Unidos siga siendo un refugio para los que huyen de la violencia y la persecución. Es la primera reforma migratoria integral presentada en el Congreso desde 2013, y aunque los demócratas controlan ambas cámaras del Congreso, no se puede dar por sentado ningún voto. El proyecto de ley debe recibir votos de al menos nueve republicanos en el Senado para llegar a la mayoría requerida de dos tercios. Si se aprueba el proyecto de ley del gobierno de Biden, representará la revisión más sustancial del sistema de inmigración de Estados Unidos en décadas. Además de firmar una orden ejecutiva para preservar y fortalecer el programa DACA, el proyecto de ley propuesto por Biden llamó la atención por incluir un proceso de ocho años para obtención de la ciudadanía para más de 11 millones de inmigrantes sin estatus legal en la actualidad. En el cronograma para obtener la ciudadanía, aquellos que vivan en los Estados Unidos sin estatus legal el 1 de enero de 2021 podrán obtener un estatus legal temporal, o una Green Card, en cinco años. Para hacer esto, tendrían que aprobar una verificación de antecedentes, pagar impuestos y cumplir con otros requisitos. Millones de inmigrantes no autorizados ya están pagando impuestos utilizando un número de identificación de contribuyente individual. Los trabajadores sin estatus legal generan millones de dólares para el Seguro Social y Medicare, pero no tienen derecho a ninguno de los beneficios que acompañan al número de seguro social. Si se aprueba, el plan Biden beneficiará a: • DACA Dreamers. • Titulares de estatus de protección temporal. • Trabajadores agrícolas. • Huérfanos, viudas, niños. • Veteranos filipinos que lucharon junto a EE. UU. en la Segunda Guerra Mundial. • Inmigrantes con patrocinio familiar aprobado para unirse a sus familias en los Estados Unidos temporalmente. • Solicitantes de asilo (el proyecto tiene como objetivo eliminar el plazo de un año para presentar solicitudes de asilo). • Otras poblaciones vulnerables, como los solicitantes de visas U, T y VAWA. • Asistentes extranjeros de las tropas estadounidenses. ¿Qué tendría que suceder a continuación para que se apruebe el proyecto de Biden? Biden acaba de presentar el proyecto de ley. Para convertirse en ley, el proyecto debe ser aprobado por el Congreso. Tanto demócratas como republicanos están de acuerdo en que la reforma es una empresa gigantesca, pero el presidente Biden dijo que está dispuesto a que el Congreso apruebe el proyecto por partes. Sigue a G.E.B. GLOBAL en las redes sociales para más información. Instagram | Facebook | YouTube | Linkedin | Twitter G.E.B. GLOBAL, P.A. 1395 Brickell Avenue, Ste. 800 Miami, Florida 33131 info@gebglobal.org Oficina: +1 (305) 967-6314 WhatsApp: +1 (786) 786-1230 © All Rights Reserved
- VISA R-1 PARA RELIGIOSO CON G.E.B. GLOBAL
La categoría de visa “R” está dirigida a personas que desean ingresar a los Estados Unidos para desarrollar temporalmente alguna actividad religiosa. Índice | Visa para Religioso 1. ¿Quién puede solicitar una visa religiosa? 2. ¿Cuáles son las diferencias entre la Visa R-1 temporal para trabajador religioso y la visa para trabajador religioso con residencia permanente? 3. ¿Qué tipo de institución puede presentar una petición a favor de un trabajador religioso? 4. ¿Cuál debería ser mi remuneración como trabajador religioso? 5. Con la visa R-1, ¿puedo tener un segundo trabajo además del religioso? 6. ¿Cuánto tiempo vale la visa religiosa? 7. ¿Cuáles son los documentos necesarios para iniciar el proceso? 8. ¿Cómo es el proceso para obtener una visa temporal y permanente? 9. ¿Cuánto tiempo lleva el proceso para obtener una visa R-1 y obtener la residencia permanente a través del trabajo religioso? 10. ¿Y si estoy ilegal? 11. ¿Y mi familia? 12. Honorarios y costos 13. Desarrollo de Evidencias 14. Posibilidades de éxito 1- ¿Quién puede solicitar una visa religiosa? Cualquier extranjero que planee venir a Estados Unidos para trabajar en una institución religiosa, como pastor, ministro, sacerdote, diácono, profesor de educación religiosa, músico, entre otras posiciones de vocación religiosa o de capacidad profesional. El término "ministros" se refiere a las personas autorizadas por religiones reconocidas para llevar a cabo ceremonias religiosas y otras actividades normalmente realizadas por pastores, sacerdotes o rabinos. El término “capacidad profesional” se refiere a las profesiones que requieren un título universitario de al menos cuatro años (licenciatura). El término “posiciones de vocación religiosa” abarca actividades tradicionalmente consideradas religiosas y se refiere, por ejemplo, a trabajadores litúrgicos, maestros de educación religiosa, instructores, misioneros, personas que brindan asistencia religiosa en hospitales, hogares de ancianos, guarderías, orfanatos, etc. Las personas cuyo trabajo solo se relaciona con la solicitud de donaciones no califican como trabajadores religiosos. El término “vocación religiosa” se refiere a la llamada a la vida religiosa, evidenciada por una dedicación especial a través de votos, como en el caso de las hermanas de la caridad o ministros de alabanza. 2 - ¿Cuáles son las diferencias entre la Visa R-1 para Trabajadores Religiosos Temporales y la visa para trabajador religioso con residencia permanente? La diferencia es la duración de la estadía en los Estados Unidos. La Visa R-1 es una visa temporal, que le permite al beneficiario una estadía máxima de cinco años. La primera Visa R-1 generalmente se otorga por un período máximo de 30 meses y, mediante una extensión posterior, se otorgan los 30 meses restantes. Por el contrario, la obtención de la residencia permanente para trabajar en el ámbito religioso permite al beneficiario residir y trabajar de forma permanente en los Estados Unidos. Requerimientos: • Para obtener la visa R-1, el individuo debe haber sido miembro de la institución/denominación religiosa que lleva a cabo la petición a su favor, por lo menos dos años antes de la fecha en que se presenta la petición. • Para obtener la residencia permanente, el inmigrante debe haber trabajado durante al menos dos años (dentro o fuera de Estados Unidos) en la misma función religiosa o vocación que ejercerá en el país. Generalmente, los trabajadores religiosos ingresan a los Estados Unidos con una visa R-1 obtenida en el consulado estadounidense en su país de origen y solicitan la residencia permanente dos años después. 3 - ¿Qué tipo de institución puede presentar una petición a favor de un trabajador religioso? Cualquier institución religiosa sin fines de lucro puede presentar una petición a favor de un trabajador religioso. La institución debe ser una organización sin fines de lucro, es decir, exenta de impuestos según la sección 501 (c) (3) del Código de Rentas Internas de EE. UU. o que tenga un certificado de exención de impuestos. 4 - ¿Cuál debería ser mi remuneración como trabajador religioso? Para calificar para una visa, los inmigrantes deben demostrar que no necesitarán asistencia pública del gobierno de los Estados Unidos. Esto significa que la organización responsable de la petición debe hacerse cargo de todos los gastos personales del inmigrante (con alojamiento, alimentación, etc.) o proporcionarle un salario suficiente para cubrirlos. No existe un salario mínimo fijo para este tipo de trabajador. Recomendamos que el salario esté, como mínimo, dentro de los lineamientos de las Federal Poverty Guidelines. 5 - Con la visa R-1, ¿puedo tener un segundo trabajo además del religioso? La visa R-1 solo le permite trabajar para la institución religiosa que hace la petición en su nombre. Sin embargo, es posible tener dos o más instituciones religiosas como peticionarias, lo que le permite tener trabajos a tiempo parcial en cada una. Después de obtener la residencia permanente (Green Card), podrá trabajar para empleadores fuera del ámbito religioso. 6 - ¿Cuánto tiempo vale la visa religiosa? Generalmente, la visa R-1 se otorga por un período inicial de dos o tres años, con posibilidad de prórroga, totalizando así cinco años. Este período de cinco años se puede otorgar al beneficiario principal (si se cumplen todos los requisitos) y a sus dependientes (cónyuge e hijos menores de 21 años), quienes recibirían la visa de acompañante R-2. 7 - ¿Cuáles son los documentos necesarios para iniciar el proceso? La institución religiosa debe proporcionar documentación que demuestre que no tiene fines de lucro, de acuerdo con la sección 501 (c) (3) del IRC, y acreditar la oferta de trabajo al inmigrante a través de una carta detallada que indique el puesto de trabajo, las funciones a realizar, la carga de trabajo, la remuneración, entre otros puntos. Todos los documentos en idioma extranjero deben presentarse junto con traducción certificada. 8 - ¿Cómo es el proceso para obtener una visa temporal y permanente? Si el beneficiario está fuera de los EE. UU., la visa R-1 para estadía temporal en los EE. UU. se obtendrá del consulado estadounidense del país de origen del individuo después de la aprobación de la petición hecha con el Departamento de Inmigración de los EE. UU. Después de la aprobación, es necesario programar una entrevista en el consulado en cuestión, luego de lo cual el beneficiario recibirá la aprobación de la visa en su pasaporte. El individuo debe llevar consigo la notificación de aprobación original, así como los documentos relacionados con la petición. Si el beneficiario se encuentra en los Estados Unidos con una visa válida (por ejemplo, visa de turista B-2, con I-94 al día, o visa de estudiante F-1, entre otras), la institución religiosa puede realizar la petición en su favorecer solicitar un cambio de estatus, es decir, un cambio de una visa B-2 o F-1 a una visa R-1, acompañando la petición con toda la documentación necesaria para cumplir con los requisitos exigidos por el USCIS. Generalmente, la visa R-1 se otorga por un período inicial de dos o tres años, y el beneficiario y sus dependientes (titulares de la visa R-2) pueden solicitar una extensión del término mientras se encuentran en los EE. UU. Para la petición de residencia permanente, si usted se encuentra en los Estados Unidos, debe tener un estatus migratorio legal, generalmente con una visa R-1 actualizada o una visa alternativa, para permitir que la institución religiosa procese la petición en su nombre. Una vez aprobadas, las solicitudes posteriores para su permiso de trabajo y su Green Card se presentarán ante los U.S. Citizenship & Immigration Services de acuerdo con la disponibilidad de visas. La disponibilidad es publicada mensualmente por el Departamento de Estado a través de una tabla llamada Visa Bulletin. Si usted se encuentra fuera del país, la institución religiosa presentará la misma petición en los Estados Unidos y, una vez aprobada, el resto del proceso se hará a través de los canales consulares. El proceso consular se diferencia del proceso de modificación de estatus que se lleva a cabo en EE. UU. El trámite consular se lleva a cabo por etapas y generalmente lleva más tiempo que el proceso de cambio de estatus, es decir, cambio de visa temporal a residencia permanente, que se realiza en Estados Unidos. Para aquellos que desean un proceso más rápido, el cambio de estatus sería la ruta ideal. Si se hace a través de los canales consulares, luego de la entrevista y de la aprobación de la visa, el beneficiario y sus familiares deberán viajar a los Estados Unidos en un plazo normalmente de 3 o 4 semanas. 9 - ¿Cuánto tiempo lleva el proceso para obtener una visa R-1 y obtener la residencia permanente a través del trabajo religioso? Si la institución ya ha sido investigada por agentes de USCIS, es posible que obtener la Visa R-1 tome SOLO 15 DÍAS enviando la solicitud I-907 para procesamiento rápido (Procesamiento Premium). La tarifa es de USD 1.500,00, asumiendo que el USCIS no solicita documentos adicionales. Si se hace a través de los canales consulares, después de que la petición sea aprobada en los EE. UU., la programación de la entrevista en el consulado y la obtención de una visa por parte del beneficiario y sus familiares también puede tener lugar en aproximadamente 15 días. Para obtener la residencia permanente, la aprobación de la petición básica para trabajadores religiosos se ha demorado últimamente entre 4 a 8 meses y, luego de su aprobación, no hay cola para el ingreso de solicitudes de autorización de trabajo y de Green Card, porque las visas para migrar en esta categoría han estado completamente disponibles. Para quienes se encuentran en Estados Unidos con estatus migratorio LEGAL, el cambio de estatus de visa temporal a residencia permanente se puede realizar en menos de 1 año y medio, ya que, una vez radicada la petición, la obtención del permiso de trabajo se obtiene en 3 a 6 meses y la Green Card en menos de 1 año. Sin embargo, la disponibilidad de visas para esta categoría puede variar y estos procesos son investigados a fondo para que el USCIS determine la legitimidad e idoneidad de la institución religiosa que lleva a cabo la petición. La institución debe ser visitada por agentes de USCIS, si nunca antes ha sido visitada. Debido a la alta tasa de fraude dentro de esta modalidad, esta investigación se convirtió hace 10 años en un requisito para la aprobación de visas para trabajadores religiosos temporales o permanentes. Los agentes de USCIS realizan una visita inicial al azar, en un día y hora no anunciados. Si no hay problemas, la petición será aprobada. Dependiendo del tamaño de la institución, se pueden realizar visitas sorpresa posteriores. Para obtener las fechas precisas, verifique el cronograma de procesamiento de estas peticiones (Formulario I-129 para la visa de trabajador religioso temporal R-1 y el Formulario I-360 para la petición de trabajador religioso permanente) en los centros regionales de procesamiento en www.uscis.gov para tener una idea del tiempo aproximado de aprobación. 10 - ¿Y si estoy ilegal? Si está en país de forma ilegal (permaneció más allá del tiempo permitido en su I-94 o ingresó al país sin inspección), no podrá obtener una visa R-1 o solicitar la residencia permanente a través de esta categoría (a menos que esté respaldado por el párrafo § 245 (i) de la ley INA, es decir, si presentó una petición familiar o laboral ante el Servicio de Inmigración hasta el 30/04/2001). 11 - ¿Y mi familia? Una vez aprobada su visa R-1, su cónyuge e hijos menores de 21 años recibirán la visa R-2 como acompañantes, lo que les da derecho a vivir en los EE. UU., pero sin permiso de trabajo. Sin embargo, se requiere una petición por separado para solicitar una visa R-2 a favor de su cónyuge e hijos. Asimismo, si el beneficiario obtiene la residencia permanente en EE. UU., sus dependientes (cónyuge e hijos menores de 21 años) también se beneficiarán, pero deberán presentarse peticiones separadas en su nombre. 12 - Honorarios y costos Para Visa R-1: USD 5.000,00 (cinco mil dólares) de honorarios, para una persona o pareja sin hijos, y USD 6.000,00 para una pareja con hijos. Si se emite alguna RFE (Solicitud de evidencia adicional) en el proceso, se cobrarán honorarios adicionales de acuerdo con el tiempo necesario para compilar la respuesta. Usted puede solicitar el trámite R-1 tanto si está dentro como fuera de EE. UU., pero eso cambiará el precio total, ya que solicitar una visa R-1 en EE. UU. implica tarifas más caras debido al cambio de estatus. Si la familia está en los EE. UU. y realiza un cambio de estatus en el país, tendremos que enviar el Formulario I-539 para un cambio de estatus para el cónyuge y los hijos. El costo del Formulario I-129 para la petición R-1 para el beneficiario principal es de USD 460,00, más los costos del Formulario I-539 (USD 370,00). SI MODIFICAMOS EL ESTATUS dentro de los EE. UU., habrá costos debidos a envíos de mensajería urgente, copias y traducción de documentos extranjeros. Posteriormente, para la compilación y registro de la petición I-360, base de la petición de la Green Card: USD 6.000,00, más costos con formulario I-360, más costos de traducción de documentos, correo urgente y copias. Puedes ingresar al proceso I-360 dentro o fuera de EE. UU., pero eso cambia el precio total, porque solicitar una Green Card en EE. UU. implica tarifas más caras para procesar los pedidos, ya que van acompañados de permisos de trabajo y de viaje. Después de la aprobación de la petición I-360, debemos presentar las peticiones de Green Card. Para el beneficiario principal: USD 1.500,00, más los costos del formulario GC (USD 1.225,00 para I-485). Para el cónyuge: USD 1.500,00, más los costos del formulario GC (USD 1.225,00 para I-485). Para hijos menores de 21 años: USD 1.500,00 por hijo, más costos con formularios (USD 750,00 para I-485), más costos de traducción, examen médico, fotografías y correo urgente. Nuestra oficina ofrece planes de pago de nuestros honorarios, mediante verificación de ingresos y activos. Presentaremos el proceso sin necesidad de que usted haya terminado de pagar el plan de pago. 13 – Desarrollo de Evidencias Con el fin de posicionar mejor su proceso de aprobación, nuestra oficina lo ayudará a redactar las declaraciones. Tenemos experiencia en estos temas y conocemos muchas soluciones creativas para ayudar en su proceso. Durante la preparación para la presentación de la petición, trabajaremos con usted para redactar estos documentos y una biografía que sirva de contexto para el funcionario del Departamento de Migración y que le indique que su perfil y documentos cumplen con los requisitos exigidos por la ley. Luego, nuestra oficina podrá presentar un argumento legal sólido que explique cómo usted se califica con los criterios necesarios. Tenga en cuenta que el gobierno no pedirá documentos originales, Inmigración acepta copias escaneadas y fotografías de todo. Además, una vez contratados, ayudaremos a redactar las cartas de referencia para su proceso, indicando por quiénes deben ser firmadas (compañeros, empleados subordinados, empleadores anteriores, estudiantes, pasantes, etc.) y el alcance de lo que deben declarar. Estas cartas son escritas por nuestra oficina después de revisar la evidencia que tiene, su biografía y su currículum. Si no cuenta con un currículum adecuado, también ayudaremos a crear uno acorde a los estándares del Departamento de Inmigración. 14 - Posibilidades de éxito Puede que esté pensando que conseguir la aprobación es muy difícil. Pero si cree que puede cumplir con los requisitos enumerados anteriormente, el factor más importante en este proceso será la presentación efectiva por parte de un abogado de inmigración. Incluso si cree que solo cumple con ciertos requisitos, pero no todos, lo invitamos a hablar con nosotros, ya que puede haber un ángulo de argumentación útil que conozcamos por experiencia, pero que no sea evidente de inmediato. Sería un placer para nuestra oficina conocerlo a usted y a los hechos de su trayectoria laboral para que, en primer lugar, se sienta cómodo y tenga la certeza de que estamos representando su legado profesional de una manera que refleje su dedicación al trabajo. Si los hechos están bien presentados y argumentados de manera convincente, una petición que cumpla con los criterios mencionados anteriormente debe ser aprobada sin mayores problemas. Sin embargo, debe tener en cuenta que un oficial tomará la decisión final sobre su caso. Algunas peticiones con un excelente historial profesional son denegadas porque el funcionario del Departamento de Inmigración no logra una comprensión adecuada de los hechos presentados. Los oficiales de inmigración a veces no tienen suficiente tiempo para examinar los documentos ofrecidos en apoyo de una petición, ni tampoco para comprender su área de especialización; por lo tanto, no tienen tiempo para intentar averiguar qué pretende argumentar el peticionario. Esto significa que a veces se niegan incluso los mejores casos porque el oficial no realizó un análisis correcto o porque no tuvo el tiempo o los recursos para hacer su trabajo de modo adecuado. Esta es una batalla diaria que tiene lugar entre los abogados y el Departamento de Inmigración. El gobierno puede negar algo erróneamente y sin una causa justa, y es trabajo del abogado persuadir o forzar al gobierno. Debe entenderse por “forzar” la presentación de argumentos para apelar ante un posible resultado negativo. El abogado tiene el deber de utilizar todos los mecanismos legales a su favor para apelar, induciendo al Departamento de Inmigración a hacer su trabajo correctamente y de acuerdo con la ley. Por lo tanto, le recomendamos que no proceda solo. El valor de tener un abogado a su lado para apelar si un oficial de inmigración no le da la debida consideración a su caso puede ser la diferencia entre perder el tiempo y obtener el éxito de una aprobación. Como abogado y funcionario judicial, el Dr. Gregory Boan tiene acceso a documentos gubernamentales y decisiones judiciales que no se publican rápidamente y que pueden brindar una orientación más clara al funcionario al decidir sobre la viabilidad de un caso. Por lo tanto, al confiar en nuestra oficina para llevar a cabo su representación, puede estar seguro de que usaremos los argumentos legales más actualizados para discutir los méritos de su caso. G.E.B. GLOBAL tiene una amplia experiencia en la preparación de peticiones en esta categoría y trabajará con usted para lograr un resultado positivo. Puede enviar su currículum vitae o un resumen de sus logros y su perfil profesional para una evaluación preliminar gratuita. Revisaremos cuidadosamente sus credenciales y le proporcionaremos nuestra opinión sobre sus posibilidades de éxito. Si creemos que no tiene posibilidades razonables de éxito en esta categoría, se lo diremos. Solo aceptamos casos de procesamiento en los que estamos seguros de que podemos obtener una aprobación. Si creemos que puede tener una opción viable para el éxito, podremos proceder a agendar una consulta. Somos rigurosos en el análisis y elección de los procesos que representamos, ya que nuestro único objetivo es obtener la aprobación de las peticiones de nuestros clientes. Buscamos minimizar el riesgo de denegación debido al costo y el tiempo invertidos en este esfuerzo. Preferimos abstenernos respetuosamente de representar a un cliente a menos que determinemos que existe una gran posibilidad de éxito. Para una explicación más detallada del proceso, sus etapas, duración media, etc., es imprescindible agendar una consulta. Puede elegir entre consultas de 30 minutos (USD 150,00) o de 1 hora (USD 250,00). En la consulta, presentaremos detalles sobre el plan de acción, los documentos necesarios, la duración del proceso, los planes de pago, entre otros temas. El monto cobrado por la consulta se deducirá del monto total de los honorarios pagados por su proceso de visa y Green Card y debe pagarse mediante transferencia bancaria. También puede enviar sus preguntas por WhatsApp al + 1 786 444-8418 o por correo electrónico a info@gebglobal.org y le responderemos de forma gratuita. Gracias por leer este artículo. Recordamos que este blog no debe ser leído como una forma de asesoramiento legal y le pedimos que no llegue a ninguna conclusión sobre la viabilidad de su caso o a una recomendación de qué hacer para crear un caso viable sin contactarse previamente con nuestra oficina. Sigue a G.E.B. GLOBAL en las redes sociales para más información. Instagram | Facebook | YouTube | Linkedin | Twitter G.E.B. GLOBAL, P.A. 1395 Brickell Avenue, Ste. 800 Miami, Florida 33131 info@gebglobal.org Oficina: +1 (305) 967-6314 WhatsApp: +1 (786) 786-1230 © All Rights Reserved
- VISA EB-3: CERTIFICACIÓN DE TRABAJO CON SISTEMA "PERM"
Usted puede ser elegible para esta categoría de visa, que garantiza que obtendrá una Green Card, si puede demostrar que califica en las categorías de “trabajadores especializados”, “profesionales” u “otros trabajadores”. Los “trabajadores especializados” son personas cuyos trabajos requieren un mínimo de 2 años de capacitación o experiencia y no son de naturaleza temporal o estacional. El trabajador calificado debe cumplir con los requisitos de educación, capacitación o experiencia en el puesto de trabajo vacante. La educación postsecundaria pertinente puede considerarse formación. Los “profesionales” son trabajadores cuya vacante laboral requiere al menos una licenciatura en los EE. UU. o un título equivalente en el extranjero. La subcategoría “otros trabajadores” está destinada a personas que realizan un trabajo no calificado que requiere menos de 2 años de capacitación o experiencia y no es de carácter temporal o estacional. Puede iniciar el proceso ya sea que se encuentre dentro o fuera de los EE. UU. Si lo hace en EE. UU., tendrá que realizar un trámite de visa temporal en paralelo, la cual mantendrá su estatus legal durante todas las fases del proceso, ya que puede haber un retraso de más de 2 años antes de recibir la Green Card. Este trámite también puede realizarse para personas en situación ilegal amparadas por la ley 245 (i), es decir, si se ha solicitado a su favor una petición familiar o una solicitud de certificación laboral ANTES DEL 30 DE ABRIL DE 2001. Si usted está en situación ilegal y sin la protección de la ley 245 (i), un cambio de estatus solo sería posible si tiene un PADRE o MADRE que sea RESIDENTE PERMANENTE o CIUDADANO NATURALIZADO y que pueda incurrir en sufrimiento extremo (por condición médica, psicológica o financiera) debido a su no cambio de estatus. En agosto de 2016, la administración de Obama amplió los beneficios de la I-601A WAIVER / PERDÓN al brindar la posibilidad de un cambio de estatus a los beneficiarios de las peticiones I-140 (petición de empleador, que se presenta DESPUÉS de obtener la certificación de trabajo emitida por el Departamento de Trabajo) a través de una I-601A WAIVER, para aquellos que tienen PADRES O CIUDADANOS RESIDENTES y que pueden demostrar “extreme hardship” debido al no cambio de estatus del inmigrante. A través del sistema electrónico PERM, que entró en vigencia en marzo de 2005, el Departamento de Trabajo (DOL) comenzó a emitir certificaciones laborales en un promedio de 90 días (para puestos que generalmente requieren solo dos años de experiencia). En nuestra oficina, obtuvimos las certificaciones de trabajo / PERM aprobadas en uno, dos, cuatro y siete días, sin embargo, desde finales de 2007 hasta hace aproximadamente 3 años, el DOL tardó en promedio más de un año en aprobar las certificaciones de trabajo. Y una vez aprobadas, con frecuencia auditaba la documentación, debido a los años de recesión y desempleo posteriores a 2008. Actualmente, sin embargo, el proceso de certificación laboral ha vuelto a ser viable, ya que las tasas de desempleo son bajas y el tiempo de espera tanto para obtener la certificación laboral como para el ingreso de la solicitud de la Green Card ha estado en torno de los 6 meses, volviendo a hacer muy atractivo este proceso. El proceso de certificación laboral requiere una oferta de trabajo hecha por un empleador debidamente calificado a un inmigrante que pueda cumplir con las calificaciones y la experiencia necesarias. Una oferta tiene mayor peso en el proceso cuando el empleador puede acreditar, a través de sus cuentas de resultados, la capacidad económica para pagar el salario anual del puesto ofertado. Este salario lo determina el DOL, de acuerdo con el puesto de trabajo y la región donde trabajará el inmigrante. El inmigrante también debe acreditar la experiencia requerida. Se trata de análisis cuidadosos que se deben realizar al inicio del proceso para evitar gastos innecesarios y decisiones desfavorables. Es posible obtener certificaciones laborales incluso para puestos de trabajo doméstico (baby-sitter o housekeeper), en los que no se requiere prueba de experiencia. Según el caso, este proceso puede constar de dos o tres pasos, que son los siguientes: En el primer paso, luego de analizar los estados de resultados del empleador y determinar que su ingreso neto es IGUAL O MAYOR QUE EL SALARIO OFRECIDO AL INMIGRANTE, solicitaremos al Departamento de Trabajo que determine el salario para el puesto en cuestión (PREVALING WAGE REQUEST) y realizaremos un reclutamiento por 60 días (anunciaremos el puesto de trabajo en periódicos y otros medios, de acuerdo con las regulaciones federales) y luego ingresaremos la solicitud electrónica de certificación de trabajo en el DOL. En el segundo paso, presentaremos las peticiones correspondientes luego de la aprobación de la certificación de trabajo, si el inmigrante aún está legalmente en el país CON VISA E I-94 vigente, o amparado por la ley 245 (i) (es decir, si estuvo físicamente presente en el país el 21 de diciembre de 2000 e inició un proceso legítimo de certificación laboral o familiar hasta el 30 de abril de 2001). PUEDE SER POSIBLE INGRESAR LAS PETICIONES DE AUTORIZACIÓN DE TRABAJO Y GREEN CARD SIMULTÁNEAMENTE, DEPENDIENDO DE LAS FECHAS PRIORITARIAS DEL PROCESO EN CUESTIÓN Y DE LA DISPONIBILIDAD DE VISAS, SEGÚN LA TABLA DE VISAS (VISA BULLETIN) PUBLICADA MENSUALMENTE POR EL DEPARTAMENTO DE ESTADO DE EE. UU. Si la fecha del Boletín de Visas no es la adecuada, solo puede presentar la Petición I-140 en esta segunda fase, y posteriormente, en una tercera fase, cuando llegue su PRIORITY DATE o su lugar en la cola, presentaremos las peticiones restantes ( I-485 e I-765 / I-131). Para aquellos que no están protegidos por 245 (i), y no son legales en el país, solo podemos presentar la petición I-140 y, posteriormente, la I-601 WAIVER para aquellos cuyos padres son residentes o ciudadanos y tienen prueba de sufrimiento extremo de estos. Una vez aprobado el Waiver, SERÁ POSIBLE obtener la Green Card. En suma: 1. I-94 VIGENTE Y CERTIFICACIÓN DE TRABAJO APROBADA: Podrá ingresar con I-140 y deberá mantener su I-94 válido a través de visas alternativas (por ejemplo, con Visa de estudiante F1, H-1B, H-2B , etc.) hasta que la fecha de prioridad de su trámite coincida con la fecha estipulada en la Tabla de Visas, para que se puedan presentar las solicitudes de AUTORIZACIÓN DE TRABAJO Y GREEN CARD; 2. SI ESTÁ PROTEGIDO POR 245 (i) (si inició un proceso legítimo de certificación laboral o familiar antes del 30 de abril de 2001, y si ya tiene su certificación laboral aprobada en un proceso posterior): DESPUÉS DE I-140, PODRÁ INGRESAR SUS SOLICITUDES DE AUTORIZACIÓN DE TRABAJO Y GREEN CARD, SUJETO A LAS FECHAS DE PRIORIDAD DEL VISA BULLETIN; 3. SI NO ESTÁ PROTEGIDO POR 245 (i) y SI EL I-94 HA EXPIRADO: solo podremos presentar el Formulario I-140 (petición del empleador a su favor) ante el USCIS y, con su aprobación, también podremos presentar la I-601A WAIVER, si el beneficiario tiene un padre o madre RESIDENTE O CIUDADANO AMERICANO con evidencia de sufrimiento extremo. El resto del proceso es más complejo, ya que se realiza a través de canales consulares. Honorarios y costos Nuestra oficina ofrece planes de pago de nuestros honorarios, mediante verificación de ingresos y activos. Presentaremos el proceso sin necesidad de que usted haya terminado de pagar el plan de pago. Primera Fase del proceso en el DOL: USD 7.500,00 en honorarios de abogado, más gastos de publicidad en periódicos, traducción, correo urgente, etc. Si el proceso es auditado (raro, pero posible), se cobrará una tarifa adicional que puede variar de USD 3.000,00 a USD 5.000,00 por compilar la respuesta de auditoría, debido a la complejidad del proceso y la cantidad de horas requeridas, más cargos de correo urgente. Segunda fase en USCIS: · Para inmigrantes LEGALES (con I-94 aún en vigencia): USD 6.000,00 en honorarios (si es posible presentar simultáneamente todas las peticiones/Green Card I-140, I-485, I-131 e I-765), más costos con formularios de USCIS (USD 700,00 para I-140 y USD 1.225,00 para Green Card), traducciones, correo, examen médico, etc. PARA DEPENDIENTES (CÓNYUGE E HIJOS MENORES DE 21 AÑOS): USD 1.000,00 por cada dependiente, más COSTOS con formularios, traducciones, correo. Si solo podemos presentar la petición I-140: USD 4.000,00 en honorarios, más costos. · Para inmigrantes en espera de aprobación fuera de los EE. UU.: Si solo podemos ingresar la I-140 y usted elige recibir la aprobación de su residencia en el consulado: USD 4.000,00 en honorarios, más costos. PARA DEPENDIENTES (CÓNYUGE E HIJOS MENORES DE 21 AÑOS): USD 500,00 por dependiente, más COSTOS con formularios, traducciones, correo. · Para inmigrantes protegidos por 245 (i): USD 5.000,00 en tarifas (si es posible presentar todas las peticiones simultáneamente), más COSTOS con formularios de USCIS, una multa de USD 1.000 más traducciones, correo, etc. PARA DEPENDIENTES (CÓNYUGE E HIJOS MENORES DE 21 AÑOS): USD 1.000,00 por persona, más COSTOS con formularios de USCIS, más una multa de USD 1.000,00 para mayores de 17 años. Si solo podemos presentar la petición I-140: USD 3.500,00, más costos. Si usted está protegido por la ley (245-i), deberá demostrar al USCIS su presencia física el 21 de diciembre de 2000. Debe proporcionarnos documentos (por ejemplo, contrato de alquiler, cheque de pago, extracto bancario, correspondencia, factura de electricidad, teléfono, etc.) que acrediten su presencia física en el país en esta fecha. Si necesita un Waiver, le proporcionaremos detalles sobre los documentos que necesitaremos para demostrar el sufrimiento extremo de sus padres residentes o ciudadanos. · Para inmigrantes ILEGALES, SIN 245 (i) y con necesidad de WAIVER: USD 2.500,00 para ingresar I-140, más USD 4.500,00 para I-601A WAIVER, más COSTOS con formularios. En este proceso habrá una etapa consular final cuyos honorarios finales serán los más bajos de todo el proceso y se estipularán durante esta etapa. Desarrollo de Evidencia de Apoyo Para posicionar mejor su proceso de aprobación, nuestra oficina lo ayudará a escribir las declaraciones necesarias. Tenemos experiencia en estos temas y conocemos muchas soluciones creativas para ayudar en su proceso. Durante la preparación para la presentación de la petición, trabajaremos con usted para redactar estos documentos y una biografía que sirva de contexto para el funcionario del Departamento de Migración y que le indique que su perfil y documentos cumplen con los requisitos exigidos por la ley. Luego, nuestra oficina podrá presentar un argumento legal sólido que explique cómo usted se califica con los criterios necesarios. Tenga en cuenta que el gobierno no pedirá documentos originales, Inmigración acepta copias escaneadas y fotografías de todo. Además, una vez contratados, ayudaremos a redactar las cartas de referencia para su proceso, indicando por quiénes deben ser firmadas (compañeros, empleados subordinados, empleadores anteriores, estudiantes, pasantes, etc.) y el alcance de lo que deben declarar. Estas cartas son escritas por nuestra oficina después de revisar la evidencia que tiene, su biografía y su currículum. Si no cuenta con un currículum adecuado, también ayudaremos a crear uno acorde a los estándares del Departamento de Inmigración. Posibilidades de éxito Puede que esté pensando que conseguir la aprobación es muy difícil. Pero si cree que puede cumplir con los requisitos enumerados anteriormente, el factor más importante en este proceso será la presentación efectiva por parte de un abogado de inmigración. Incluso si cree que solo cumple con ciertos requisitos, pero no todos, lo invitamos a hablar con nosotros, ya que puede haber un ángulo de argumentación útil que conozcamos por experiencia, pero que no sea evidente de inmediato. Sería un placer para nuestra oficina conocerlo a usted y a los hechos de su trayectoria laboral para que, en primer lugar, se sienta cómodo y tenga la certeza de que estamos representando su legado profesional de una manera que refleje su dedicación al trabajo. Si los hechos están bien presentados y argumentados de manera convincente, una petición que cumpla con los criterios mencionados anteriormente debe ser aprobada sin mayores problemas. Sin embargo, debe tener en cuenta que un oficial tomará la decisión final sobre su caso. Algunas peticiones con un excelente historial profesional son denegadas porque el funcionario del Departamento de Inmigración no logra una comprensión adecuada de los hechos presentados. Los oficiales de inmigración a veces no tienen suficiente tiempo para examinar los documentos ofrecidos en apoyo de una petición, ni tampoco para comprender su área de especialización; por lo tanto, no tienen tiempo para intentar averiguar qué pretende argumentar el peticionario. Esto significa que a veces se niegan incluso los mejores casos porque el oficial no realizó un análisis correcto o porque no tuvo el tiempo o los recursos para hacer su trabajo de modo adecuado. Esta es una batalla diaria que tiene lugar entre los abogados y el Departamento de Inmigración. El gobierno puede negar algo erróneamente y sin una causa justa, y es trabajo del abogado persuadir o forzar al gobierno. Debe entenderse por “forzar” la presentación de argumentos para apelar ante un posible resultado negativo. El abogado tiene el deber de utilizar todos los mecanismos legales a su favor para apelar, induciendo al Departamento de Inmigración a hacer su trabajo correctamente y de acuerdo con la ley. Por lo tanto, le recomendamos que no proceda solo. El valor de tener un abogado a su lado para apelar si un oficial de inmigración no le da la debida consideración a su caso puede ser la diferencia entre perder el tiempo y obtener el éxito de una aprobación. Como abogado y funcionario judicial, el Dr. Gregory Boan tiene acceso a documentos gubernamentales y decisiones judiciales que no se publican rápidamente y que pueden brindar una orientación más clara al funcionario al decidir sobre la viabilidad de un caso. Por lo tanto, al confiar en nuestra oficina para llevar a cabo su representación, puede estar seguro de que usaremos los argumentos legales más actualizados para discutir los méritos de su caso. G.E.B. GLOBAL tiene una amplia experiencia en la preparación de peticiones en esta categoría y trabajará con usted para lograr un resultado positivo. Puede enviar su currículum vitae o un resumen de sus logros y su perfil profesional para una evaluación preliminar gratuita. Revisaremos cuidadosamente sus credenciales y le proporcionaremos nuestra opinión sobre sus posibilidades de éxito. Si creemos que no tiene posibilidades razonables de éxito en esta categoría, se lo diremos. Solo aceptamos casos de procesamiento en los que estamos seguros de que podemos obtener una aprobación. Si creemos que puede tener una opción viable para el éxito, podremos proceder a agendar una consulta. Somos rigurosos en el análisis y elección de los procesos que representamos, ya que nuestro único objetivo es obtener la aprobación de las peticiones de nuestros clientes. Buscamos minimizar el riesgo de denegación debido al costo y el tiempo invertidos en este esfuerzo. Preferimos abstenernos respetuosamente de representar a un cliente a menos que determinemos que existe una gran posibilidad de éxito. Para una explicación más detallada del proceso, sus etapas, duración media, etc., es imprescindible agendar una consulta. Puede elegir entre consultas de 30 minutos (USD 150,00) o de 1 hora (USD 250,00). En la consulta, presentaremos detalles sobre el plan de acción, los documentos necesarios, la duración del proceso, los planes de pago, entre otros temas. El monto cobrado por la consulta se deducirá del monto total de los honorarios pagados por su proceso de visa y Green Card y debe pagarse mediante transferencia bancaria. También puede enviar sus preguntas por WhatsApp al + 1 786 786-1230 o por correo electrónico a info@gebglobal.org y le responderemos de forma gratuita. Gracias por leer este artículo. Recordamos que este blog no debe ser leído como una forma de asesoramiento legal y le pedimos que no llegue a ninguna conclusión sobre la viabilidad de su caso o a una recomendación de qué hacer para crear un caso viable sin contactarse previamente con nuestra oficina. Sigue a G.E.B. GLOBAL en las redes sociales para más información. Instagram | Facebook | YouTube | Linkedin | Twitter G.E.B. GLOBAL, P.A. 1395 Brickell Avenue, Ste. 800 Miami, Florida 33131 info@gebglobal.org Oficina: +1 (305) 967-6314 WhatsApp: +1 (786) 786-1230 © All Rights Reserved
- VISA L-1 - TRANSFERENCIA DE EJECUTIVO Y ESTABLECIMIENTO DE FILIAL
A través de la Visa L-1, una empresa latinoamericana establecida y con operaciones activas (con declaraciones de resultados que muestren preferiblemente un mínimo de USD 200 mil brutos anuales y con un neto positivo) puede transferir a uno de sus propietarios (accionistas) o empleados (ejecutivo/gerente), con el objetivo de gestionar una filial en Estados Unidos. El accionista o gerente a transferir debe demostrar que supervisa al menos uno o dos profesionales (es decir, empleados con títulos universitarios o con 12 años de experiencia profesional) en la empresa local. Las dos empresas deben tener conexión y similitud en su estructura corporativa, idealmente deberían ser idénticas. El accionista o ejecutivo debe demostrar que ejerce funciones de dirección, administración, supervisión y control en la empresa local y que desempeñará funciones igualmente gerenciales o ejecutivas en la filial estadounidense. Sin embargo, la filial estadounidense podrá realizar negocios en un campo completamente diferente al que realiza la empresa local. Nótese que es fundamental que el accionista o ejecutivo transferido venga a ejercer funciones ejecutivas en EE. UU., es decir, debe gestionar, administrar, coordinar, planificar o supervisar profesionales (es decir, supervisar al menos uno o dos empleados con formación universitaria) entre otras actividades comúnmente relacionadas con ejecutivos de la parte superior de una jerarquía empresarial comercial. El ejecutivo no debe involucrarse con las operaciones diarias y rutinarias de la empresa, estas deben ser ejercidas por los empleados. Este es un punto extremadamente importante para obtener una visa L-1A. Tenga en cuenta también que si es un ejecutivo o gerente, viene a los EE. UU. para abrir una nueva filial y planea contratar a uno o dos profesionales dentro de los primeros 1 o 2 años a partir de la fecha de apertura, esto también le ayudará a calificar para la visa L-1A. La filial debe tener instalaciones comerciales (no se aceptan oficinas virtuales) y debe demostrar capitalización (remesas desde Latinoamérica) y capital de trabajo ya existente en la cuenta bancaria de la filial o subsidiaria en los EE. UU. Para obtener una extensión de la Visa L y futura obtención de la Green Card, al finalizar el primer año de operación, lo ideal sería que la filial estadounidense generara valor suficiente para pagar su salario y los fondos necesarios para administrar la empresa, así como haber creado de 1 a 3 puestos de trabajo para estadounidenses o residentes permanentes, además del puesto de ejecutivo transferido. Dependiendo del estado de la economía y de los ingresos brutos de la empresa, este calendario puede extenderse de 1 año a 3 o incluso 5 años. El ejecutivo a ser transferido debe demostrar que ha trabajado en un puesto directivo (o tiene conocimientos especializados en el campo) dentro de la empresa local durante al menos doce meses en los últimos tres años, o debe ser parte de la estructura corporativa de la empresa. . Para filiales estadounidenses recién establecidas o que existan por menos de 1 año, la Visa L-1A se otorga con una validez de solo un año (para realizar el negocio en cuestión). Sus dependientes (cónyuge e hijos menores de 21 años) reciben una visa L-2 por el mismo período de tiempo. El cónyuge del beneficiario de la visa L-1A recibe un permiso de trabajo que le permite trabajar para cualquier empleador dentro de los EE. UU. Tanto el destinatario de la Visa L-1A como el cónyuge (con la visa L-2) podrán obtener el Social Security Number. Los hijos no tienen derecho a un permiso de trabajo ni a un Social Security Number, pero podrán estudiar en las escuelas públicas. Para las filiales estadounidenses ya establecidas por más de un año, las Visas L-1A y L-2 se pueden otorgar por un período de 2 o 3 años mediante prueba de conducta continua de negocios, capitalización, ingresos y empleos. Esta petición se verá como una petición de extensión y no como una petición inicial de una filial recién establecida. A través del crecimiento y producción de la filial, es posible obtener la residencia permanente (Green Card) para el ejecutivo transferido y sus familiares (cónyuge e hijos menores de 21 años). La extensión de estas visas y la eventual obtención de la Green Card será posible previa prueba de las actividades y producción de la filial estadounidense. Mientras la filial estadounidense no produzca suficientes ingresos para pagar los salarios de su propio ejecutivo transferido (debe ser de al menos USD 50.000,00 anuales) y de sus empleados, no se recomienda presentar una solicitud de Green Card, ya que es necesario demostrar que la filial es capaz de mantenerse de forma independiente. Durante este proceso, es fundamental que la empresa latinoamericana también se mantenga activa y productiva. La empresa local solo puede ser disuelta o vendida DESPUÉS de la aprobación de la solicitud de Green Card. Esta es una excelente opción para obtener la residencia permanente en los EE. UU. para empresas capaces de demostrar ingresos anuales adecuados y creación de empleo. La petición de la Green Card se puede hacer después de UN AÑO de existencia de la sucursal estadounidense, adjuntando comprobantes de INGRESOS y de CREACIÓN DE EMPLEO. DOCUMENTOS NECESARIOS EMPRESA LOCAL: • Contrato social; • Escritura de la propiedad de la empresa o contrato de arrendamiento comercial; • Licencia de negocios; • Inscripción de persona jurídica; • Estado de cuenta bancaria mensual (últimos 12 meses); • Última cuenta de resultados anual; • Estado de resultados acumulados para el año en curso; • Última declaración de impuestos sobre la renta; • Nómina, preferiblemente con los nombres y cargos / funciones de los socios, directores, empleados, etc.; • Cheques de pago o recibos de salario del peticionario de Visa L-1A por al menos doce (12) meses dentro de los últimos tres años; • Constancia de la actividad de la empresa: copias de facturas, contratos de compraventa o prestación de servicios. En el caso de empresas importadoras y exportadoras, documentos como conocimientos de embarque, guía de importación, etc.; • Organigrama que muestre la jerarquía de todos los empleados de la empresa, incluyendo nombres, cargos, salario mensual/anual, existencia de títulos universitarios y resumen de las funciones que desempeñan; • Otras evidencias de la actividad de la empresa: fotografías de fachada e instalaciones, lista de precios, catálogos de productos, folletos, página web, anuncios. EMPRESA AMERICANA (Subsidiaria o filial de la empresa latinoamericana - los documentos serán preparados por nuestra oficina, si aún no existen): • Contrato Social (Articles of Association, en caso de establecer una LLC, la entidad legal ideal, ya que evita la doble imposición); • Certificado de acciones (emitido después del registro de los estatutos, si es Inc./Corp.). No existe un certificado de acciones para LLC, solo un MultiMember Operational Agreement, que prepararemos; • Business Plan específico para la obtención de una Visa L-1A (nuestra oficina planificará el mismo para mostrar la naturaleza del negocio de la empresa en Latinoamérica, línea de negocio a seguir en EE.UU., motivos para abrir la filial, inversiones ya realizadas y negocios ya realizados y por realizar, proyecciones financieras de crecimiento de la empresa, número de puestos de trabajo ya creados y proyección de creación de puestos de trabajo adicionales durante los próximos 5 años, etc.); • FEIN de la empresa; • Records públicos del registro de la empresa; • Contrato de alquiler comercial a nombre de la empresa estadounidense por al menos 1 año; • Licencia comercial en una ubicación comercial (si se requiere para la empresa en cuestión); • Carta del banco confirmando la apertura de una cuenta bancaria comercial y saldo para la inversión inicial (no se requiere un monto mínimo, pero cuanto mayor sea el capital, mejor para el proceso); • Comprobante de inicio de operaciones, facturas por compra / venta de productos o servicios prestados, compra de equipos, facturas de luz, internet o sitio web, etc. • SI LA EMPRESA AMERICANA YA EXISTE POR MÁS DE 1 AÑO: última declaración del impuesto sobre la renta; extractos bancarios (12 meses); nómina de la empresa; recibos de sueldo, quarterly returns, diversos comprobantes de las actividades de la empresa. PRINCIPAL BENEFICIARIO / SOLICITANTE DE VISA L-1A: - Curriculum vitae; - Diploma universitario, si lo tiene; - Copia del pasaporte de toda la familia (página con información biográfica); - Copia del I-94 para toda la familia (si están en los EE. UU., con el I-94 vigente); - Copias de los certificados de matrimonio y nacimiento de los hijos; - Declaración de impuestos sobre la renta del año fiscal más reciente y nóminas para acreditar relación laboral con la empresa local y recibo de salarios. HONORARIOS Y COSTOS: • USD 10.000,00 (diez mil dólares) de honorarios para obtener la Visa L-1A para el beneficiario principal y la Visa L-2 para dependientes (cónyuge e hijos menores de 21 años) a través del consulado estadounidense local o mediante cambio de estatus. dentro de los Estados Unidos; • Si todo el proceso se realiza con un cambio de Visa Estado B-2 Turista a L-1A del beneficiario principal y L-2 para cónyuge e hijos, tendremos que compilar y presentar la petición I-539 para el cambio de Visa B2 para L-2 del cónyuge e hijos menores, y pagar la tarifa del Formulario I-539; • USD 2.500,00 para el borrador del Business Plan detallado y específico para la petición de Visa L-1A; • USD 460,00 (tarifa del Formulario I-129 para el beneficiario de la Visa L-1A); • USD 500,00 (tarifa de prevención de fraude implementada por ley firmada el 12/08/04); • TARIFA OPCIONAL (RECOMENDADA) PARA EL PROCESAMIENTO DE LA VISA POR EL USCIS EN 15 DÍAS HÁBILES (“PREMIUM PROCESSING FEE”) de USD 1.440,00; • Gastos de traducción de documentos, correo urgente, gastos de apertura de empresas, etc.; • Si, después de la presentación, recibimos una solicitud de evidencia adicional, habrá honorarios adicionales que pueden oscilar entre USD 750,00 y USD 2.500,00, dependiendo de la cantidad de horas dedicadas a la compilación de la respuesta. Cuando aprobada, la visa l-1a se otorga por un periodo de 1 año (o hasta 3 años para empresas que ya existen por más de 1 año). Es absolutamente indispensable que el cónyuge, después de entrar a estados unidos con una visa l-2, nos contrate para la solicitud del permiso de trabajo. Por medio de este, obtenerá el social security nbr y, solo con ambos podrá trabajar. El beneficiario de la visa l-2 no puede trabajar sin esta tarjeta y debe mostrar la misma en el departamento de inmigración posteriormente, para obtener extensiones de la visa y green card en el futuro. Antes del vencimiento de las visas, con comprobante de producción y creación de empleo de la empresa americana, es posible obtener extensión de visas y, en ciertos casos, solicitar simultáneamente la residencia permanente (green card). Con el fin de posicionar mejor su proceso de aprobación, nuestra oficina lo ayudará a redactar los documentos detallados anteriormente. Tenemos experiencia en estos temas y conocemos muchas soluciones creativas para ayudarlo a calificar en esta categoría de visa. Durante la preparación para la presentación de la petición L-1A, trabajaremos con usted para redactar estos documentos y el plan de negocios que servirá de contexto para el funcionario del Departamento de Migración y que le indicará de que modo su empresa y sus documentos cumplen con los requisitos exigidos por la ley. Luego, nuestra oficina podrá presentar un argumento legal sólido que explique cómo usted se califica con los criterios necesarios. Tenga en cuenta que el gobierno no pedirá documentos originales, Inmigración acepta copias escaneadas y fotografías de todo. Además, una vez contratados, ayudaremos a redactar las evidencias para su proceso e indicaremos la estructura del plan de negocios. El Bussiness Plan es creado por una empresa externa y cuesta entre USD 1.800 y USD 2.500. Estaremos con usted durante este proceso, sea que elija una empresa indicada por nosotros u otra. Si no tiene un currículum adecuado, también ayudaremos a crear uno según los parámetros del Departamento de Inmigración. Puede que esté pensando que conseguir la aprobación es muy difícil. Pero si cree que puede cumplir con los requisitos enumerados anteriormente, el factor más importante en este proceso será la presentación efectiva por parte de un abogado de inmigración. Incluso si cree que solo cumple con ciertos requisitos, pero no todos, lo invitamos a hablar con nosotros, ya que puede haber un ángulo de argumentación útil que conozcamos por experiencia, pero que no sea evidente de inmediato. Sería un placer para nuestra oficina conocerlo a usted y a los hechos de su trayectoria laboral para que, en primer lugar, se sienta cómodo y tenga la certeza de que estamos representando su legado profesional de una manera que refleje su dedicación al trabajo. Si los hechos están bien presentados y argumentados de manera convincente, una petición que cumpla con los criterios mencionados anteriormente debe ser aprobada sin mayores problemas. Sin embargo, debe tener en cuenta que un oficial tomará la decisión final sobre su caso. Algunas peticiones con un excelente historial profesional son denegadas porque el funcionario del Departamento de Inmigración no logra una comprensión adecuada de los hechos presentados. Los oficiales de inmigración a veces no tienen suficiente tiempo para examinar los documentos ofrecidos en apoyo de una petición, ni tampoco para comprender su área de especialización; por lo tanto, no tienen tiempo para intentar averiguar qué pretende argumentar el peticionario. Esto significa que a veces se niegan incluso los mejores casos porque el oficial no realizó un análisis correcto o porque no tuvo el tiempo o los recursos para hacer su trabajo de modo adecuado. Esta es una batalla diaria que tiene lugar entre los abogados y el Departamento de Inmigración. El gobierno puede negar algo erróneamente y sin una causa justa, y es trabajo del abogado persuadir o forzar al gobierno. Debe entenderse por “forzar” la presentación de argumentos para apelar ante un posible resultado negativo. El abogado tiene el deber de utilizar todos los mecanismos legales a su favor para apelar, induciendo al Departamento de Inmigración a hacer su trabajo correctamente y de acuerdo con la ley. Por lo tanto, le recomendamos que no proceda solo. El valor de tener un abogado a su lado para apelar si un oficial de inmigración no le da la debida consideración a su caso puede ser la diferencia entre perder el tiempo y obtener el éxito de una aprobación. Como abogado y funcionario judicial, el Dr. Gregory Boan tiene acceso a documentos gubernamentales y decisiones judiciales que no se publican rápidamente y que pueden brindar una orientación más clara al funcionario al decidir sobre la viabilidad de un caso. Por lo tanto, al confiar en nuestra oficina para llevar a cabo su representación, puede estar seguro de que usaremos los argumentos legales más actualizados para discutir los méritos de su caso. G.E.B. GLOBAL tiene una amplia experiencia en la preparación de peticiones en esta categoría y trabajará con usted para lograr un resultado positivo. ¿Cuál es el tiempo de procesamiento para esta categoría de visa? Por lo general, de 3 a 12 meses para el procesamiento por parte del Servicio de Inmigración, pero el plazo dependerá del funcionario a cargo de su proceso. La visa L-1A cuenta con un servicio express, que tiene un costo de USD 1.440,00 y garantiza una respuesta en 15 días. ¿Necesito estar en los EE. UU. para solicitar esta categoría de visa? Puede iniciar el proceso ya sea que se encuentre dentro o fuera de los EE. UU. El precio cambia en cada caso, porque solicitar una Green Card en Estados Unidos implica tarifas más caras para procesar los pedidos, ya que deben solicitarse permisos de trabajo y de viaje. Si solicitamos una visa L-1A mientras usted se encuentra en su país, la única tarifa que se paga a inmigración es el costo de procesar la petición. La tarifa debe pagarse en el momento en que nuestra oficina ingresa al expediente y no está incluida en los honorarios pagados a nuestra oficina, pero ayudaremos a presentarla junto con el caso. ¿Necesita un plan de pago? Nuestra oficina ofrece planes de pago de nuestros honorarios, mediante verificación de ingresos y activos. Presentaremos el proceso sin necesidad de que usted haya terminado de pagar el plan de pago. También ofrecemos un descuento sobre el precio total si se paga el honorario completo en un solo pago. ¿Cómo puedo determinar mis posibilidades de aprobación? Puede enviar su currículum vitae o un resumen de sus logros y su perfil profesional para una evaluación preliminar gratuita. Revisaremos cuidadosamente sus credenciales y le proporcionaremos nuestra opinión sobre sus posibilidades de éxito. Si creemos que no tiene posibilidades razonables de éxito en esta categoría, se lo diremos. Solo aceptamos casos de procesamiento en los que estamos seguros de que podemos obtener una aprobación. Si creemos que puede tener una opción viable para el éxito, podremos proceder a agendar una consulta. Somos rigurosos en el análisis y elección de los procesos que representamos, ya que nuestro único objetivo es obtener la aprobación de las peticiones de nuestros clientes. Buscamos minimizar el riesgo de denegación debido al costo y el tiempo invertidos en este esfuerzo. Preferimos abstenernos respetuosamente de representar a un cliente a menos que determinemos que existe una gran posibilidad de éxito a través del proceso de la visa L-1A o de la Green Card en función de sus propios logros, credenciales y talento. Para una explicación más detallada del proceso, sus fases, duración media, etc., es imprescindible agendar una consulta. La tarifa de consulta se aplicará como crédito a favor de los honorarios. También puede enviar sus preguntas por WhatsApp al + 1 786 786-1230 o por correo electrónico a info@gebglobal.org y le responderemos de forma gratuita. Gracias por leer este artículo. Recordamos que este blog no debe ser leído como una forma de asesoramiento legal y le pedimos que no llegue a ninguna conclusión sobre la viabilidad de su caso o a una recomendación de qué hacer para crear un caso viable sin contactarse previamente con nuestra oficina. Sigue a G.E.B. GLOBAL en las redes sociales para más información. 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- El Abogado Gregory Boan participó como Panelista de la Conferencia de Leyes de Inmigración Deportiva
El 13 de marzo de 2020, Dr. Gregory Boan fue un panelista en la Conferencia de Leyes de Migración del Deporte (Sports Immigration Law Conference) presentada por la Delegación de la Asociación Americana de Abogados del Centro de la Florida (Central Florida Chapter of the American Immigration Lawyers Association). El Dr. Boan habló sobre temas de ética que surgen de los acuerdos entre entrenadores, atletas y abogados y cómo manejar estas situaciones. Esta conferencia anual atrae a las firmas y abogados de migración más destacados del país con un énfasis en las necesidades de los atletas, equipos deportivos, entrenadores y las organizaciones que les brindan asistencia. Sigue al G.E.B. GLOBAL en las redes sociales para más información. Instagram | Facebook | YouTube | Linkedin | Twitter G.E.B. GLOBAL, P.A. 1395 Brickell Avenue, Ste. 800 Miami, Florida 33131 info@gebglobal.org Oficina: +1 (305) 967-6314 WhatsApp: +1 (786) 786-1230 © All Rights Reserved
- El Abogado Gregory Boan se presenta en el Programa de Radio WAVS 1170 AM
El abogado de inmigración, Gregory Boan, fue invitado por la radio emisora WAVS 1170 AM para hablar de temas migratorio que afectan a la comunidad caribeña en los Estados Unidos. La audiencia tuvo la oportunidad de hacer preguntas al aire sobre diferentes temas como las Visas por Petición de Empleo, Visas por Petición Familiar y dudas acerca de cómo actuar en caso de que la agencia ICE lo visite en su hogar. Con más de 30 años en operación, WAVS es la estación caribeña más antigua en los Estados Unidos y es conocida como el Corazón del Caribe. Sigue al G.E.B. GLOBAL en las redes sociales para más información. Instagram | Facebook | YouTube | Linkedin | Twitter G.E.B. GLOBAL, P.A. 1395 Brickell Avenue, Ste. 800 Miami, Florida 33131 info@gebglobal.org Oficina: +1 (305) 967-6314 WhatsApp: +1 (786) 786-1230 © All Rights Reserved
- Visa EB-2 NIW para el Sector Tecnológico
Cientos de personas en todo el mundo solicitan visas para ingresar a Estados Unidos, pero pocas realmente las obtienen. ¿Qué tiene este país que atrae a tantas personas? Creemos que es la oportunidad. Las razones comunes para inmigrar a EE. UU. incluyen mejores oportunidades laborales, mejor nivel de vida, mejor educación, mejor protección de los derechos humanos, entre otros. Estados Unidos ofrece una amplia gama de oportunidades, no solo para sus ciudadanos, sino también para aquellos profesionales que buscan una oportunidad para mejorar su vida y la de otros. Visa EB-2 NIW: Introducción La visa EB-2 NIW no es como una visa de turista. Una vez aprobada, el solicitante, su cónyuge y sus hijos menores de 21 años automáticamente se vuelven elegibles para la residencia permanente en EE. UU., también conocida como Green Card. Esto hace que la EB-2 NIW sea una de las opciones más atractivas para profesionales extranjeros que buscan inmigrar a Estados Unidos. "EB-2" significa "segunda preferencia basada en empleo", pero no necesariamente requiere una oferta de empleo y no se procesa necesariamente más rápido o más lento que otras categorías de visas basadas en el empleo. Sin embargo, la EB-2 NIW tiene un paso menos que una visa basada en el empleo tradicional, también conocida como PERM o el proceso de Certificación Laboral. Basándose en tu empleo anterior, ocupación actual, propuesta de trabajo en EE. UU. y habilidades profesionales en general, el gobierno de EE. UU. puede eximir la necesidad de este Certificado Laboral si considera que es de interés nacional hacerlo. Omitir ese proceso hace que la EB-2 NIW sea "más rápida" desde una perspectiva procedimental. Los solicitantes elegibles para la visa EB-2 pueden dividirse en las siguientes 2 subcategorías que pueden y deben argumentarse simultáneamente siempre que sea posible: Grado Avanzado; y/o, Habilidad Excepcional. Un Grado Avanzado se define, en términos generales, como una licenciatura de más de cinco años de experiencia progresiva en el campo desde la fecha de graduación. Aunque la visa EB-2 está dirigida específicamente a profesionales con un Grado Avanzado, es una oportunidad perfecta para aquellos individuos que también pueden considerarse "excepcionales". La Habilidad Excepcional puede entenderse bajo la ley como ser “superior al promedio” en comparación con otros en tu industria o el candidato mínimamente calificado según lo determinado por el Departamento de Trabajo. La ley de inmigración de EE. UU. también ofrece 7 criterios para probar la “habilidad excepcional” y solo necesitas evidenciar 3 de los 7 criterios para calificar para este aspecto de la visa EB-2. A menudo, cuando puedes demostrar un Grado Avanzado, también puedes demostrar Habilidad Excepcional. Por ejemplo, si eres un profesional que trabaja en el sector tecnológico y posees una licencia o certificación en tu campo, y eres miembro de una organización profesional, y además tienes una licenciatura más 5 años de experiencia en tu área de experiencia, entonces puedes argumentar automáticamente que tienes un Grado Avanzado, más 3 de los 7 criterios para la Habilidad Excepcional, que es tener un diploma en tu área de especialidad, así como membresía y una certificación relevante para tu industria. No estás limitado a probar solo 3 de los 7 criterios, por lo que, si puedes demostrar más, te animamos a hacerlo. Los 7 criterios son: Registro académico oficial que muestra que tienes un título, diploma, certificado o premio similar de una universidad, escuela u otra institución de aprendizaje relacionada con tu área de habilidad excepcional. Cartas de empleadores actuales o anteriores que documenten al menos 10 años de experiencia a tiempo completo en tu ocupación. Una licencia para ejercer tu profesión o certificación para tu profesión u ocupación. Evidencia de que has recibido un salario u otra remuneración por servicios que demuestran tu habilidad excepcional. Membresía en una o más asociaciones profesionales. Reconocimiento por tus logros y contribuciones significativas a tu industria o campo por parte de tus pares, entidades gubernamentales, organizaciones profesionales o empresariales. Otra evidencia comparable de elegibilidad también es aceptable. Lo que hace que la “EB-2” sea una “EB-2 NIW” es la Exención de Interés Nacional (NIW). Si tu grado, experiencia laboral y propuesta de actividad (lo que pretendes hacer en EE. UU.) son consideradas áreas de interés nacional para Estados Unidos, lo cual ciertamente ha sido el caso con la tecnología, entonces puedes argumentar la Exención de Interés Nacional (NIW) también. El NIW ha sido confundido como siendo su propia subcategoría separada, aparte de Grado Avanzado y Habilidad Excepcional, y no lo es. Es un elemento general que forma parte de la categoría de visa EB-2, y solo puede argumentarse si primero has demostrado que calificas por tener un Grado Avanzado o una Habilidad Excepcional. Aunque aquellas profesiones directamente relacionadas con los temas STEM (Ciencia, Tecnología, Ingeniería, Matemáticas) son las más adecuadas para la EB-2 NIW, la elegibilidad para esta categoría de visa también puede extenderse a otros profesionales con experiencia o logros probados en sus disciplinas, incluidos negocios, artes y atletismo. Visa EB-2 NIW: Oportunidades en la Industria Tecnológica de EE.UU. La visa EB-2 NIW podría ser tu camino hacia un futuro más brillante en la Tierra de las Oportunidades, dada la cantidad de oportunidades que América tiene para ofrecer dentro de la industria tecnológica. El sector tecnológico de EE.UU. es uno de los sectores que más rápidamente evoluciona en el mundo y cada año se crean más oportunidades. Los Estados Unidos de América, pioneros en las últimas innovaciones tecnológicas durante los últimos 100 años, han creado oportunidades para profesionales que han beneficiado al mundo entero. Empresas como Netflix, Facebook, Google, Amazon, SpaceX y otras compañías de Silicon Valley demuestran este hecho. Con un ritmo de innovación en constante aumento y una industria tecnológica en rápida expansión, América necesita más profesionales capacitados para impulsar su dinámico espacio tecnológico. Los Estados Unidos no producen suficientes graduados en tecnología para satisfacer las necesidades de la industria tecnológica estadounidense. Esta escasez es tan crítica que el Departamento de Defensa de EE.UU. ha evaluado la falta de graduados en disciplinas STEM como un asunto de defensa nacional, declarando la necesidad de atraer y retener a profesionales extranjeros en todos los campos STEM, y afirmando: “Los Estados Unidos corren el riesgo de perder su ventaja competitiva si continúa con su enfoque habitual y no equipa a su fuerza laboral con la educación y habilidades para desarrollar y adoptar tecnologías emergentes avanzadas como inteligencia artificial, sistemas autónomos, aprendizaje automático e hipersónicos”. Por lo tanto, a través de la visa EB-2, el país planea llenar este vacío, beneficiándose de las habilidades y el potencial de los profesionales tecnológicos que buscan inmigrar. Dado que el gobierno de EE.UU. ha priorizado el avance de la industria tecnológica del país, se espera que las iniciativas políticas actuales creen aún más oportunidades en relación con la inversión y expansión de internet y campos tecnológicos relacionados. La demanda de profesionales calificados en internet, ciberseguridad y campos tecnológicos ha aumentado dramáticamente en los últimos años. En consecuencia, muchos inmigrantes podrán aprovechar estas oportunidades a nivel nacional a través de la visa EB-2 NIW. En el siglo XXI, todos los países necesitan especialistas en tecnología o profesionales STEM para desarrollar su infraestructura de internet, nube, ciberseguridad y computación para competir en un ambiente global altamente desafiante. En los Estados Unidos, el sector tecnológico se ha vuelto central para el bienestar y desarrollo de otras industrias, como la salud, la alimentación, el viaje, entre otros. Sin expertos en tecnología, la economía de EE.UU. cesa de funcionar. El gobierno de EE.UU. ha reconocido esto y ha acogido la necesidad de más profesionales STEM a través del EB-2 NIW, facilitando un poco más la inmigración de profesionales STEM a EE.UU. siempre y cuando lo que propongan hacer en EE.UU. sea de interés para el país, ya sea generando algún tipo de beneficio económico, cultural, sanitario o científico, o apoyando una iniciativa que se haya considerado de importancia nacional. En cuanto a la importancia nacional, es fundamental saber que el USCIS no limitará su análisis al impacto geográfico de tu empeño, ya que entiende que los esfuerzos que están limitados a una localidad o región específica pueden tener, en última instancia, efectos positivos en la economía nacional o en el estado de asuntos dentro de una industria o sector. Visa EB-2 NIW: ¿Una Situación Beneficiosa para Emprendedores Tecnológicos? El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) anunció el 21 de enero de 2022 que estaba actualizando y emitiendo nuevas directrices para el manual de políticas del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS) para aclarar cómo ciertos graduados STEM y emprendedores pueden utilizar la exención de interés nacional para la clasificación de visa de inmigrante basada en el empleo como profesional con grado avanzado o individuo con habilidades excepcionales. La guía actualizada facilita que los no ciudadanos con habilidades necesarias, como graduados STEM y emprendedores, inicien un camino para obtener la residencia permanente legal en Estados Unidos a través de la EB-2 NIW. Estas declaraciones muestran que, con el sector tecnológico creciendo tan rápidamente, los profesionales extranjeros tienen inmensas oportunidades de unirse a la fuerza laboral y beneficiarse de esta necesidad de trabajadores STEM. Por lo tanto, la visa EB-2 NIW ofrece una situación beneficiosa tanto para Estados Unidos como para posibles inmigrantes. La afluencia de individuos talentosos y calificados de todo el mundo a través de la visa EB-2 NIW proporciona a EE.UU. la fuerza laboral STEM necesaria para apoyar su industria tecnológica y ofrece a los inmigrantes un camino más fácil hacia la residencia permanente. Tenga en cuenta que lo que presentemos al USCIS respecto a su propuesta será analizado tal cual, es decir, aprobarán o denegarán la EB-2 NIW según lo que les expliquemos que son sus intenciones para EE.UU., y no en función de lo que ya haya logrado. Debemos explicar un beneficio prospectivo, no un beneficio realizado. Una vez aprobado, el gobierno no le pedirá en el futuro que demuestre que ha logrado todo lo que dijo que tenía la intención de lograr. Si presentamos un caso indicando que tiene la intención de iniciar una empresa, pero luego, por ejemplo, después de convertirse en residente logra obtener una oferta de trabajo y termina cerrando esa empresa, ese cambio de planes sería totalmente aceptable y no perjudicaría su residencia ni su ciudadanía siempre que haya hecho un intento de buena fe para poner en marcha sus planes iniciales. Existe jurisprudencia que indica que el gobierno entiende que incluso los mejores planes pueden fallar, por lo que, siempre que haga un intento de buena fe para llevar a cabo su empeño, puede aceptar esa oferta de trabajo sin arriesgar la revocación de su residencia y no le impediría solicitar la ciudadanía. Lo que siempre aconsejamos, en caso de que no pueda lograr lo que se propuso, es que siga trabajando en algo que esté relacionado lógicamente con su formación académica o profesional y/o área de especialización. Recuerde, le hemos dicho al gobierno que usted merece una Green Card basada en su experiencia y que su experiencia generará un beneficio para el país. Aunque un plan específico que tenía en mente no haya podido realizarse, no debe abandonar su trabajo en su área de especialización hasta que al menos se convierta en ciudadano estadounidense. Estaremos encantados de discutir esto con usted durante una consulta formal. Visa EB-2 NIW: Los Trabajos Tecnológicos Más Demandados Según CIO.com, "El reclutamiento en la industria tecnológica está en aumento, con empresas informando que están contratando 'a niveles iguales o superiores a los de antes de la pandemia', según el informe. De los encuestados, el 52% dijo que planeaba agregar nuevos puestos en el próximo año y el 80% dijo que la rotación ha aumentado en su empresa durante el año pasado." Aunque hay miles de ofertas de trabajo en la industria tecnológica de EE.UU. esperando a la persona adecuada con el conjunto de habilidades correcto, aquí hay una lista de las categorías de trabajo más populares y demandadas: Profesional de Ciberseguridad (Información, Sistemas, Red, Datos, Nube) Arquitecto de Nube Administrador de Base de Datos Programador Analista Analista de Sistemas Desarrollador de Aplicaciones Móviles Administrador de Red Desarrollador de Software Ingeniero de Software Ingeniero DevOps Profesionales de Soporte Técnico Profesionales de Tecnología de la Información Visa EB-2 NIW y Green Card con G.E.B. GLOBAL G.E.B. GLOBAL está comprometido en ayudar a los profesionales a obtener la residencia permanente en los Estados Unidos a través de la EB-2 NIW. Solo aceptamos aquellos casos que creemos que pueden ser gestionados de manera efectiva y eficiente. El abogado Gregory E. Boan es un experto dedicado y experimentado en EB-2s que trabajará incansablemente para ayudarle a tener éxito y hacer realidad su sueño americano. Puede estar seguro de que está contratando a un abogado debidamente licenciado para practicar la ley de inmigración de EE.UU., y uno que le proporcionará un asesoramiento legal claro y práctico, conectándolo con los recursos necesarios e implementando los mecanismos legales más actualizados para planificar, preparar y ejecutar eficazmente todas las fases de su proceso de inmigración. ¿Está listo para comenzar su viaje de inmigración? ¡G.E.B. GLOBAL está listo para ayudar! Si cree que puede calificar para la Exención de Interés Nacional EB-2, le invitamos a enviar su currículum a través de nuestro formulario de admisión de elegibilidad o enviando su currículum a info@gebglobal.org y recibirá un análisis preliminar gratuito sobre la elegibilidad para esta categoría de visa. G.E.B. GLOBAL, P.A. 1395 Brickell Avenue, Ste. 800 Miami, Florida 33131 info@gebglobal.org Oficina: +1 (305) 967-6314 WhatsApp: +1 (786) 786-1230 © All Rights Reserved
- CUANDO SE CIERRA UNA PUERTA, SE ABRE LA OPORTUNIDAD DE TRABAJAR EN EL EXTRANJERO.
Recientemente, tres de las mayores empresas automotrices anunciaron el cierre de sus actividades en varias fábricas de Brasil. La decisión implica el despido de más de 5.000 profesionales de la industria del automóvil. Después de enfrentar una reducción en las horas de trabajo y los salarios, profesionales calificados como ingenieros, electricistas, analistas de TI y logística, entre muchos otros puestos, perdieron sus puestos de trabajo de la noche a la mañana. En una carta a los concesionarios, Ford anunció que “desde la crisis económica de 2013, Ford Sudamérica ha acumulado pérdidas significativas” y que la empresa matriz, en Estados Unidos, ha ayudado con sus necesidades de caja. Algunas empresas han ofrecido planes de reubicación en el mercado, pero lo que la mayoría de estos profesionales tal vez no sepa es que con la combinación adecuada de experiencia profesional y formación académica, la reubicación en el mercado laboral puede ocurrir en otro país. Mientras que en Brasil, profesionales calificados pierden sus puestos de trabajo de la noche a la mañana, en los Estados Unidos, la Sociedad Estadounidense de Ingenieros Civiles (ASCE) dijo en su Informe de Infraestructura de 2017 que “carreteras, puentes, sistemas públicos de agua potable, represas, aeropuertos y Los sistemas de tránsito en los Estados Unidos necesitan una restauración masiva”. Señalando que el país necesitará invertir USD 4,59 billones para 2025 para mejorar su infraestructura. El informe de la ASCE no trae ninguna novedad, ya que es de conocimiento público que Estados Unidos necesita invertir en infraestructura. Sin embargo, más que inversión, existe una demanda de profesionales calificados para colaborar con la restauración masiva. Según la Secretaría de Estadísticas Laborales (BLS), en 2019 se necesitaban 1,9 millones de profesionales capacitados en STEM en los Estados Unidos. STEM es un término en inglés que representa un sistema de aprendizaje científico, que agrupa las disciplinas educativas de ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas. Coincidencia o no, los profesionales que forman parte del sistema STEM, son los más idóneos para el proceso de visa EB-2 NIW + Green Card. La visa EB-2 pertenece a categorías de visas basadas en empleo, cuyo objetivo es permitir que profesionales calificados inmigren a los Estados Unidos. Los profesionales de la tecnología, los negocios, las artes y el deporte también son excelentes candidatos. Con la visa EB-2 NIW (Exención por Interés Nacional), el candidato puede patrocinar la propia Green Card, precisamente porque su experiencia profesional o la actividad que pretende realizar es de interés para Estados Unidos. “Piense que Estados Unidos está a su alcance: un país que lidera el mundo en la educación de su gente. Un país que atrae a una nueva generación de manufactura de alta tecnología y empleos bien remunerados. Una economía construida para durar, donde se recompensa el trabajo duro y la responsabilidad”. Dijo el presidente Barack Obama durante el State of the Union Speech en 2012. Los profesionales con una licenciatura en cualquier área relacionada con la Ingeniería de la Industria Automotriz con más de 5 años de experiencia, postgrado o maestría, que estén interesados en migrar a los Estados Unidos, pueden patrocinar su propia Green Card a través de la visa EB-2 NIW sin la necesidad de grandes inversiones o de un patrocinador, es decir, sin necesidad de un empleador estadounidense. La premisa que motiva al gobierno a no exigir una oferta de trabajo es el entendimiento de que el profesional desempeñará una función relevante y de interés nacional, ya sea por el ejercicio de una actividad innovadora, por ser un profesional bien calificado o porque hay pocos profesionales en esa área laboral en una determinada región del país. Una vez que se aprueba la visa EB-2 NIW, el solicitante, cónyuge e hijos menores de 21 años podrán solicitar la residencia permanente en los Estados Unidos, es decir, la Green Card tan soñada. Muchos profesionales que desean vivir y trabajar en los Estados Unidos creen que es difícil obtener la aprobación para una visa basada en trabajo. Sin embargo, si usted tiene la combinación correcta de experiencia y antecedentes académicos, lo único que le falta para tener aún más posibilidades de éxito es la representación efectiva de su caso por parte de un abogado de inmigración especializado en visas basadas en el empleo. Con una amplia experiencia en derecho corporativo y de inmigración, el Dr. Gregory Boan fundó G.E.B. GLOBAL para satisfacer la demanda de candidatos de toda América Latina interesados en inmigrar a los Estados Unidos a través de visas laborales. G.E.B. GLOBAL es un bufete de abogados y proporciona una guía clara y eficaz de la ley, junto con las herramientas y tácticas necesarias para planificar, preparar y ejecutar con éxito todas las etapas del proceso de inmigración. Ya sea por la hospitalidad de un equipo diverso y el servicio en inglés, portugués y español, o por proporcionar métodos de pago en cuotas mensuales, G.E.B. GLOBAL ya se ha convertido en el bufete de abogados favorito de los latinoamericanos que buscan un abogado de inmigración en Estados Unidos. Con el enfoque de dar a conocer las oportunidades de una manera clara, objetiva y, a veces, incluso con humor, G.E.B. GLOBAL entiende que la complejidad de un proceso de inmigración puede, en algunas ocasiones, desanimar a un candidato potencial. En una entrevista reciente en el programa Empresários de Sucesso de Band TV, Brasil, el abogado de inmigración Gregory Boan declaró que “usamos las redes sociales para afirmar muy simplemente que hay una oportunidad y que usted es un candidato calificado. Contáctenos y lo guiaremos en este proceso". Ya sea en Instagram, YouTube o Facebook, G.E.B. GLOBAL ha estado trabajando para innovar en la forma de comunicarse con los posibles candidatos. En el video a continuación, el Dr. Gregory Boan brinda valiosos consejos a los solicitantes de visa EB-2 NIW y residencia. Si usted es un profesional calificado y con experiencia y tiene el deseo de vivir y trabajar en los Estados Unidos, envíe su hoja de vida o currículum vitae a info@gebglobal.org o contáctenos usando el formulario a continuación y reciba un análisis preliminar gratuito sobre su elegibilidad. Sigue a G.E.B. GLOBAL en las redes sociales para más información. Instagram | Facebook | YouTube | Linkedin | Twitter G.E.B. 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